Texto del Artículo 23. Opiniones, preguntas y comentarios al respecto
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Texto del Artículo 23. Opiniones, preguntas y comentarios al respecto
Artículo 23.- (APROBACIÓN).- El consejo debe resolver sobre cada proyecto, en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario a partir de la presentación del mismo
Antonio Torres V.- Admin
- Mensajes : 130
Fecha de inscripción : 01/06/2011
Edad : 41
Localización : La Paz - Bolivia
Uff!
Los consejos departamentales deben solamente verificar que el proyecto sea coherente en terminos artísticos y financieros y san se acabó. Es decir solo deberán certificar la coherencia del proyecto.
percy.jimenez- Mensajes : 16
Fecha de inscripción : 02/06/2011
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