Proyecto de Ley
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Mensaje  Valeria Vie Jun 03, 2011 6:10 pm

Leí todo el texto de la ley y los comentarios realizados en FB, los cuales son muy pertinentes. De allí me surgen las siguientes inquietudes, pues veo un panorama un tanto confuso en los aspectos generales de esta ley.

1. Entiendo, y creo que así debería ser, que esta es una ley orientada a promover y apoyar la intervención privada en el ámbito cultural. Porque la atribución del Ministerio de Culturas y las reparticiones de cultura en los gobiernos municipales y los presupuestos que se le asignan corresponden a los proyectos culturales emprendidos desde el sector estatal. Esto no impediría que algunos proyectos, como se ha venido haciendo, tengan financiamiento mixto. Este punto debería estar claramente expresado en la ley puesto que es una preocupación legítima que el Estado deslinde la responsabilidad de la gestión cultural en el sector privado.

2. Pienso que la responsabilidad del Estado es abrir los canales y posibilitar la existencia de acciones en favor del mecenazgo, facilitar a las empresas y a los actores culturales el acceso a ello. A esto debería remitirse la ley, pues ya existen las instancias adecuadas para ello. Más allá de eso, querer evaluar los proyectos en un comité que defina qué es de interés o no para la cultura "nacional" sería un error muy grande, operativamente poco práctico, generará burocracia, conflictos de intereses, creando un nuevo aparato institucional que no aportará en nada y que además sigue implicando centralización absoluta. Cómo sería posible que un comité evalúe cientos de proyectos que son presentados a diferentes empresas o son de gestión independiente en todo el país durante todo el año? O acaso se crearían comités en cada gobierno departamental, municipal, etc? Cómo se evaluaría qué es prioritario y conveniente? Cómo se canalizaría esto hacia las empresas patrocinadoras? Y si un proyecto "interesante" para el mencionado Comité resulta no estar dentro de las políticas o temas de interés de las empresas? O qué decir de proyectos que tocan temas controversiales acerca de los cuales el Estado no puede o no debe tomar posición? por ejemplo asuntos relacionados con religión y creencias en un Estado laico...El trato es entre beneficiarios y benefactores, un acuerdo privado que está regido por el Código Civil y en el cual es de interés del patrocinador establecer las formas de verificación de que los fondos han sido destinados para el objetivo propuesto, en los plazos establecidos.

Lo que sí debiera establecerse es la manera en que el Servicio de Impuestos Nacionales verifique y evite que a través de acciones de mecenazgo se caiga en evasión de impuestos.

Mucho más útil sería incluir, como en el registro de empleador del Ministerio de Trabajo donde se considera la cuota de género y de contratación de personas con capacidades diferentes, un porcentaje de presupuesto asignado a inversión en cultura, no necesariamente con el financiamiento a proyectos pero por lo menos con algunas acciones que apoyen al sector cultural abriendo unb mercado, por ejemplo: compra de funciones teatrales, de danza, conciertos en las empresas. Contratación de talleres artísticos para los hijos de los empleados.

3. El registro: La existencia de un registro nacional de aportantes me parece indispensable y necesaria, una suerte de banco de datos donde se especifique a quién dirigirse, cuáles son los requisitos de presentación de proyectos, plazos, líneas de acción y temas de interés financiables.

Un registro de instituciones culturales, agrupaciones, asociaciones también sería muy útil. Pero un registro de PROYECTOS me parece que será perderse en un caos.

4. OJO: La inclusión de la Contraloría General de la República como órgano fiscalizador es de tomar con pinzas. Esto se hace para precautelar, evidentemente, que las empresas desvíen fondos fiscales con el pretexto del mecenazgo, pero esto debe reglamentarse con todo cuidado evitando que caiga en los hombros de los productores o trabajadores de cultura. Según entiendo, la atribución de la CGR es velar y fiscalizar la provisión de bienes y servicios al Estado, de que no sean contratos contrarios a los intereses del Estado. Para ello se rige por la Ley de Contrataciones. En este caso, los acuerdos serían entre partes privadas.
Ni pensar que entremos en licitaciones públicas para poder ejecutar proyectos culturales!!!!!!

Atentamente,

Valeria Catoira

Valeria
Invitado


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Generalidades Empty exelente aporte!

Mensaje  Fabián Cordero Sáb Jun 04, 2011 9:24 pm

muy de acuerdo con Valeria
y hacer notar que la centralización solo va ha crear mas burocracia en nuevos estratos,
va ha generarse un caos impositivo, los sistemas de control van ha tener que ser verdaderas plataformas de asesoramiento y control. El ministerio tendría que considerar que un consejo de 8 , será insostenible en el tiempo , más aun siendo Ad Honorem, el trabajo con agentes culturales es amplio y las actividades serán una avalancha de emprendimientos cotidianos.

Fabián Cordero

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Mensaje  Maria Jose Rivera Dom Jun 05, 2011 1:16 pm

Hay muchas cosas fuera de lo propuesto en la ley a considerar.
Se resaltó que es bueno tener un punto de partida tan concreto, pero también se aclaró que no es "el" punto de partida, ya que está más desarrollada como una ley de mecenazgo, sería fundamental que la gente que cuenta con herramientas más solventes en cuanto a legislación artística puedan aportar con ideas que propongan una verdadera Ley de Promoción artística y cultural, de la que este otro documento forme parte (con las correcciones necesarias).

Maria Jose Rivera

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Mensaje  Antonio Torres V. Dom Jun 05, 2011 4:29 pm

De acuerdo con que hay aun muchas cosas que pulir, algunas de las que se mencionan serían motivo de otra propuesta de ley, como por ejemplo la que la Vale menciona:

Mucho más útil sería incluir, como en el registro de empleador del Ministerio de Trabajo donde se considera la cuota de género y de contratación de personas con capacidades diferentes, un porcentaje de presupuesto asignado a inversión en cultura, no necesariamente con el financiamiento a proyectos pero por lo menos con algunas acciones que apoyen al sector cultural abriendo unb mercado, por ejemplo: compra de funciones teatrales, de danza, conciertos en las empresas. Contratación de talleres artísticos para los hijos de los empleados.

Propongo, a los que les interese, que una vez que se haya resuelto algo sobre la propuesta de ley que estamos tratando, este foro se convierta en un espacio en el cual podamos seguir tratando otras propuestas de ley.

Saludos a Tod@s

Toto

Antonio Torres V.
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Mensaje  Nalli Giampaolo Lun Jun 06, 2011 12:33 pm

Amig@s, recien esta mañana me inscribi al Foro, asi que puede ser que dire cosas ya aclaradas. Pido disculpa asi como ya pido disculpa si no lograre manejar bien el sito, ya que por esto soy bastante bruto.
Creo necesario fijar puntos basicos anytes de pasar a cosas mas puntuales, por esto mi idea es de apoyar el pedido de postergar la reunion con la Ministra de Culturas y la presnetacion del Anteproyecto de Ley.
Puntos fundamentales para aclarar y encontrar una idea comun:

a) NO se puede hacer una ley de Promocion cultural antes de promulgar una Ley de general de Cultura y Arte
a-1) Por esto es importante desde ahora separar cultura y arte, son cosas distintas, las dos muy importantes y muy ligadas entre si, pero tienen presupuestos ideologicos y exijencias diferentes.
a-2) Bajo esto sentido es necesario una vez aprobada la Ley de Cultura, promover una Ley para cada genero artistico y cultural (Ley de teatro o de artes escenicas, Ley de cine...), porque cada sector ytiene exigencias diferentes, tiempos diferentes, necesidades diferentes.

b) En todo caso en la Ley de Promocion cultural, debe DESAPARECER que esta Ley de incentivos de las Empresas privadas incluya proyectos de Instituciones publicas. Los beneficiarios de esta nueva Ley deben ser solo promotores artisticos y culturales PRIVADOS.

c) Los fondos que derivan de esta Ley deben formar un Fondo nacional y Fondos Departamentales, para proyectos de caracter nacional y departamental. Esto solo para las Empresas que quieren utilizar esta Ley de Incentivos, queda obviamente la posibiulidad para la Empresas de auspiciar o financiar directamente artistas, eventos y/o proyectos, sin utilizar esta Ley de Incentivos.

d) SE deberia encontrar un mecanismo tecnico que permita cada año saber el monto total derivante de esta Ley para poder ya programar cuantos proyectos por cada aerea a nivel nacional y Departamental se pueden financiar, poniendo ya limites (minimo y maximo) por cada proyecto y fechas de presentacion de los proyectos, fechas de aprobacion de los proyectos, fecha limite de entrega del financiamento.

e) Es obvio y necesario que se contituya un Comite de evaluacion de los proyectos que debe ser formado esclusivamente para personas del ambito artistico y cultural de reconocida integridad y valor. Posiblemente votados por los artistas mismos.
No hay necesidad que haya algun integrante de los varios Ministerios involucrados porque ya se determino el monto disponible para financiar proyectos.

Hay mucho mas, pero me doy cuenta que stamos hablando de como hacer y reglamentar una Ley especifica sin haber determinado la Lineas de principio que rigen una Ley de Arte y cultura.

En todo caso la Ley de Incentivo de Argentina es mala, para mi la mejor es la Ley Rouanet del 1991 de Brasil y las sucesivas modificaciones.

Como es obvio estamos pisando un terreno muy resbaloso y nadie tiene la verdad en el bolsillo, por esto se necesita mas tiempo para llegar a una verdad consensuada para el mayor numeros de personas del medio.

Por favor avisenme tambien si la reunion del 13 de junio se confirma y si vale la pena que viaje hasta La Paz. Estoy disponible en viajar, siempre que sirva.
Un abrazo grande y seguimos adelante, por fin parece que nos estamos diciendo y aclarando cosas relativas a nuestro que hacer.
Paolo


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Mensaje  FUNDArte Mar Jun 07, 2011 7:00 pm

Veo que estamos haciendo observaciones de fondo, muy importantes para aclarar lo que realmente queremos lograr. Y después de leer a Paolo, creo que es muy cierto lo relativo a la Ley de Cultura y Arte. Pero en lo que se refiere a una Ley de Mecenazgo, el principio, según yo lo entiendo, es sencillo: esta ley debe promover las formas y dotar a las empresas de las herramientas necesarias para que les resulta interesante, atractivo, más conveniente, aportar a proyectos como patrocinadores, que pagar la totalidad de unos determinados impuestos. En la Ley 843 de exención de impuestos se aceptaba un descuento sobre el Impuesto a las utilidades de las Empresas (IUE). Para nosotros, el equivalente a ese impuesto a los ingresos brutos que se menciona sería el IT...entonces una cosa importante a definir es sobre cuál impuesto sería el beneficio.

El otro tema realmente importante de recalcar y que Paolo también menciona es que se trata de aportes privados. Se trata de ACUERDOS PRIVADOS entre artistas y empresarios, o grupos y empresarios, o instituciones del tercer sector y empresarios.

La metodología propuesta por esta ley, de evaluación de proyectos y seguimiento por un comité, es mucho más funcional a proyectos subvencionados por fondos públicos. En ese caso sí se aplica.

Repensemos esto, saludos a todos y espero logremos ampliar el plazo como se ha solicitado.

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Mensaje  Antonio Torres V. Dom Jun 12, 2011 9:11 pm

A raíz de lo que publicó Fundarte, surge una pregunta técnica, el dinero que propone a esta ley que se utilice para apoyar al arte y la cultura, ¿son fondos públicos o privados? Es decir al ser esta solamente una modalidad de pago de impuesto, el dinero que se recibe, pese a venir directamente de los financiadores o benefactores creo que siguen contando como impuestos por tanto se consideran fondos públicos; pero no estoy seguro, el momento que alguno de nosotros pueda hablar con un abogado sobre esta propuesta de ley, estaría bueno preguntarle este tecnicismo,

Antonio Torres V.
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Mensaje  FUNDArte Mar Jun 14, 2011 7:54 pm

Averigüé lo planteado por Toto, con una abogada que ha trabajado en impuestos y la respuesta es que si los fondos corresponden a impuestos, sí son fondos públicos y lo que haría esta ley es encaminar esos fondos directamente a los ejecutores. Con lo cual muchos argumentos se caen... Shocked

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