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Texto del Artículo 22. Opiniones, preguntas y comentarios al respecto

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Mensaje  Antonio Torres V. Miér Jun 01, 2011 4:38 pm

Artículo 22.- (DOCUMENTACIÓN).- Los Beneficiarios del presente régimen deben presentar ante la autoridad de aplicación un informe del proyecto a financiar, con carácter de declaración jurada, incluyendo:

1. Datos y antecedentes del beneficiario, descripción y objetivos del proyecto.
2. Cronograma y planificación de actividades, con descripción de las mismas.
3. Fecha prevista de realización y finalización, según corresponda.
4. Presupuesto necesario para la realización del proyecto.

Antonio Torres V.
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