Texto del Artículo 18. Opiniones, preguntas y comentarios al respecto
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Texto del Artículo 18. Opiniones, preguntas y comentarios al respecto
Artículo 18.- (BENEFACTORES).- Son Benefactores todos los contribuyentes que financien proyectos culturales aprobados por el Consejo de Promoción Cultural, sin relacionar su imagen con el mismo, ni exigir contraprestación de ningún tipo por su aporte.
Antonio Torres V.- Admin
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